Con el objetivo de brindar mayor certeza y proteger el patrimonio de las familias mexicanas, el mercado inmobiliario opera bajo un nuevo marco de transparencia. La NOM-247 establece obligaciones claras para desarrolladores, agentes, brókers y promotores, exigiendo que la información que proporcionan sobre las propiedades sea veraz y comprobable.

De acuerdo con Inmuebles24, esta norma se enfoca en regular estrictamente la información comercial, la publicidad y los contratos de adhesión utilizados en el sector.

 

¿A quiénes aplica la norma?

La NOM-247 es de observancia obligatoria para todas las personas físicas o morales involucradas en operaciones inmobiliarias, incluyendo:

  • Agentes y brókers inmobiliarios.

  • Promotores y desarrolladores.

  • Profesionales del sector.

Ciudad de Mexico

 

Mayor claridad, menor riesgo de fraude

Julio César Mendoza, gerente comercial de Inmuebles24, destacó la importancia de esta medida: “Poder dar claridad a las operaciones inmobiliarias ayuda a tener una industria más transparente en nuestro país. Por eso es importante que siempre se acuda a profesionales que nos ayuden a tomar decisiones basadas en información actualizada y así evitar malas prácticas”.

La norma busca, ante todo, brindar una sólida protección al consumidor y disminuir significativamente el riesgo de fraude inmobiliario.

Obligaciones clave que deben cumplir los proveedores

Inmuebles24 enlistó los puntos más relevantes que exige la nueva regulación:

  1. Acceso al plan ejecutivo: El desarrollador debe poner a disposición del comprador el plan ejecutivo del proyecto, en formato físico o digital.

  2. Publicidad veraz: Toda la publicidad debe ser cierta y comprobable. Está prohibido desacreditar a otras marcas o instituciones.

  3. Transparencia en condiciones: Se deben respetar y informar claramente los precios, garantías, medidas, cargos, calidades, plazos de entrega y cualquier otra condición ofrecida.

  4. Honestidad sobre la propiedad: El proveedor debe ser completamente honesto sobre detalles como la fecha de construcción, los materiales utilizados y el estado legal actual de la vivienda.

  5. Prohibición de negar información: En ninguna circunstancia se le puede negar la información sobre una propiedad a un consumidor interesado.

¿Qué debe incluir el contrato de compraventa?

La NOM-247 también especifica el contenido mínimo que debe tener un contrato de compraventa de casa habitación:

  • Lugar, fecha y datos completos de las partes (nombre, domicilio, RFC).

  • Descripción detallada del inmueble.

  • Precio ofrecido y aclaración de que este puede variar al cerrar la transacción.

  • Relación clara de derechos y obligaciones.

  • Detalle de la documentación que avala la propiedad.

  • Fecha de entrega de la vivienda.

  • Medios y épocas de pago.

¿Qué hacer en caso de incumplimiento?

Si un proveedor no cumple con lo establecido en la NOM-247, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es la instancia facultada para intervenir y mediar en la resolución de conflictos entre las partes.

Préstamos hipotecarios